La normativa prohíbe circular a los menores de 14 años. Tampoco se puede hacer sin el casco homologado y solo puede circular una persona. No puede ir acompañante (multas de 90 euros).
Está prohibido circular por aceras, calles peatonales, plazas y parques, sólo se podrá circular por la calzada sin superar los 25 km/h y también por el carril bici (multas de 90 euros).
El vehículo debe tener iluminación en parte delantera y trasera. En conducción nocturna deberá tener alumbrado o prendas reflectantes (multas de 90 euros).
Tampoco se puede conducir si se consume alcohol y/o drogas y los conductores están obligados a someterse a las pruebas de detección (multas de 500 euros). Igualmente, está prohibido conducir usando el teléfono móvil o auriculares (multas de 200 euros).
Si los infractores son menores de 18 años, serán los padres los que responderán por ellos.








