
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz va a mantener para este año 2016 los beneficios fiscales del último año en donde destaca la bajada de un 5% de los principales impuestos municipales para aquellas personas que domicilien su pago.
La domiciliación se puede hacer a través del fax en el número 916789689, de forma presencial en el Ayuntamiento de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas y los jueves de 16:30 a 19:30 horas. También se puede hacer por email en el correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a través de la sede electrónica mediante certificado digital en el portal htpps://sede.ayto-torrejon.es. Tan sólo hay que remitir el modelo debidamente cumplimentado y firmado. Los plazos para domiciliar y beneficiarse de la reducción del 5% en el año 2016 son: IBI hasta el 31 de marzo (cargo en cuenta el 11 de abril), IVTM hasta el 31 de agosto (cargo en cuenta el 12 de septiembre) y Vados hasta el 31 de octubre (cargo en cuenta el 10 de noviembre).
Por otra parte, aquellas familias que hayan tenido a todos sus miembros en paro durante todo el año 2015, estarán exentos del pago del IBI para la vivienda habitual.
Además, alguno de los titulares de la vivienda está en paro, se podrá solicitar el fraccionamiento mensual en el pago del IBI. En este caso, el periodo para hacerlo será del 2 de marzo al 15 de julio.
Asimismo, cualquier vecino puede solicitar pagar el IBI en dos pagos (cargo en cuenta el 16 de marzo y el 15 de julio) manteniendo su bonificación del 5% si está domiciliado. El plazo para solicitarlo concluye el 29 de febrero.
Por otra parte, las familias numerosas que solo tengan una vivienda tendrán una bonificación de entre el 10% y hasta el 90% en función de su renta.
Se sigue eximiendo de pagar el impuesto de plusvalía municipal a los afectados por desahucios, medida de la que Torrejón fue pionero en la Comunidad de Madrid.
También se aplicará una bonificación de hasta el 95% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y la Tasa de Licencia Urbanística para las empresas que creen al menos 10 puestos de trabajo estables.
Además el ayuntamiento ha creado una nueva tasa a los bancos para cobrarles por sus viviendas vacías debido a los problemas de convivencia que generan y para promover que faciliten a las familias y personas necesitadas el acceso a las mismas mediante alquileres sociales. Lo novedoso de este gravamen es que mientras otros ayuntamientos han intentado incrementar el IBI a las viviendas vacías de los bancos, no han podido al ser esta medida declarada nula judicialmente. Con esta tasa se repercute el gasto que supone a la administración pública los problemas de convivencia que ocasionan.
También se ha creado otra tasa nueva que se aplicará a las entidades aseguradoras por el mantenimiento del servicio de bomberos, ya que estas entidades ya cargan el importe del mismo a los ciudadanos y empresas a través del denominado “Arbitrio de bomberos”.
El periodo de pago de los impuestos y tasas municipales en 2016 es para el IBI desde el 1 de marzo al 15 de julio, para el IVTM (numerito) desde el 1 de agosto al 5 de octubre. Para el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) desde el 7 de octubre al 9 de diciembre. Para la tasa de vados el plazo será desde el 7 de octubre al 9 de diciembre y para la Tasa de Recogida de Residuos Sólidos (sólo para medias y grandes superficies comerciales y los bancos) desde el 7 de octubre al 9 de diciembre.
Más información en la página web del Ayuntamiento (www.ayto-torrejon.es) y en los teléfonos 010, 91 678 96 57 y 91 678 95 68














