bonificaciones-fiscales

Aquellos vecinos que quieran tener una rebaja del 5% en los impuestos de IBI, IVTM (numerito del coche) y Vados solo tiene que domiciliarlos, si todavía no lo han hecho.

Esta es la medida estrella y la principal novedad en cuanto a bonificaciones fiscales que presentó el Gobierno local durante los presupuestos de 2015. Además los vecinos pueden pagar el IBI en 2 plazos manteniendo la bajada del 5%. A los vecinos que ya tienen estos impuestos domiciliados, automáticamente se les aumentará el descuento del 2% de años anteriores hasta el 5% para este año.

Pedro Rollán resaltó que "Torrejón sigue siendo la segunda ciudad con el IBI más bajo de la Comunidad de Madrid".

Plazos para solicitar las bonificaciones del 5%:

- El IBI hasta el 31 de marzo, ya que se cargará en cuenta el 10 de abril.

- El IBI fraccionado en dos pagos hasta el 27 de febrero, puesto que se cargará en cuenta el 16 de marzo y el 15 de julio.

- El IVTM (numerito del coche) hasta el 31 de agosto, ya que se cargará en cuenta el 10 de septiembre.

- Vados hasta el 30 de octubre, ya que se cargará en cuenta el 10 de noviembre.

Además existen otras bonificaciones fiscales a las que podrán acogerse las familias torrejoneras sólo durante el mes de enero. Entre ellas se encuentran:

Exención del pago del IBI a las familias desempleadas. La exención del pago del IBI para la vivienda habitual se concederá siempre que todos los empadronados hayan estados desempleados durante todo el año 2014. Para acogerse a esta ayuda los interesados deben entregar la documentación requerida en el Registro el Ayuntamiento antes del 30 de enero.

También se ofrece la facilidad de acogerse al fraccionamiento mensual en el pago del IBI sin intereses de demora cuando sólo los titulares de la vivienda estén en situación de desempleo. El plazo para solicitar el fraccionamiento abarca del 2 de marzo al 15 de julio.

Beneficios fiscales para las familias numerosas: Se establece una bonificación mínima del IBI para las familias numerosas del 10% siempre que no disponga de otra vivienda. Esta bonificación puede llegar a ser de hasta el 90% de la cuota. Para acogerse a esta ayuda los interesados deben entregar la documentación requerida en el Registro el Ayuntamiento antes del 30 de enero.

Para fomentar el empleo entre los torrejoneros: Bonificación de hasta el 95% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y la Tasa de Licencia Urbanística para las empresas que creen al menos 10 puestos de trabajo estables.

Las cinco formas de domiciliar impuestos:

1. A través de la web del Ayuntamiento: www.ayto-torrejon.es

2. Por fax en el número: 91 678 96 89.

3. En el Ayuntamiento, Servicio de Atención Integral al Ciudadano (SAIC) de lunes a viernes de 09:30 a 14:00 horas y los jueves de 16:30 a 19:30 horas.

4. Por e-mail en la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

5. A través de la Sede Electrónica mediante certificado digital: https://sede.ayto-torrejon.es

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